martes, 21 de febrero de 2012

ESCRITURAS Pertenecientes al Lugar de Benifayrô

Lio 1º.
Los papeles y Ess.s que pertenecen al Lugar de Benifairó se hallaron en el Almario 2. estante 2. y son los siguientes. Primeramente: Una Concordia firmada entre este Real Monasterio, y los Sindicos de Benifairó, recivida por Miguel Escrivà Conca en 1. de setiembre de 1592. la qual contiene Varios Capitulos en orden a la particion de frutos; Pero no sirven otros capit[o]los respecto haverse hecho nuevo establecimiento en el año 1609.
N.o1o.
En otro Almario, y estante se encontrarà sub num. 2. el Consejo, que precediendo Licencia del Señor Abad de Valdigna celebraron los vasallos de Benifairó, y authorizo Salvador Agosti en 13. de Dez.e de 1615. por el qual consta que otros vasallos renunciaron todos los Pleitos y pretensiones, que hasta entonces havian tenido contra el Monasterio, concediendoles este los quatro Capitulos Siguientes: Primeramente que tros Vasallos de Benifairó haian de traer, y poner en el Refectorio del Monasterio todos los granos de particion: 2º. Que dhos Vasallos puedan comer de todas las hortalizas que hicieren, hasta llevarlas a la era, en la que se hará la Particion, dando al Monasterio lo que le pertenece; y que assi mesmo pueda el Monasterio, y sus Religiosos comer de dhas hortalizas, y frutas mientras no se haga la Particion: 3º. Que dhos Vasallos puedan plantar Viñas, partiendo â la Setena: 1.º que el Monasterio haia de tomar la quarta parte de la Paja en la era.
Y tambien està sub num 3.º en el dho Almario, y estante la Essa authorizada por Salvador Agosti en 14 de Marzo de 1616. en que el Abad y Monasterio azeptaron la referida determinacion Consiliar de los Vasallos de Benifairò en quanto a la renuncia, que ellos hicieron â los pleitos, y pretensiones, y en quanto dha rencia pueda ser favorable al Monasterio et non aliter nec alias, reteniendose acuerdo, sobre concederles, ô denegarles los susodhos quatro Capitulos.
Lio 1.º
En dho Almario 2. Estante de Benifairô sub num. 4. se halla Una Concordia firmada por el Monasterio, y los Vasallos de Benifairò, authorizada por Thomas Martinez Notario â los 7. de Maio de 1645. en q. fue Convenido que por quanto en el Secano del termino de dho Lugar havia Varias Viñas plantadas, de diferentes personas, ô en qualquiera otra parte, que entonzes estubiessen, y las que en adelante se plantassen, de todas se huviesse de hacer la particion â la Setena, y que las demas particiones de frutos, arboles &a. Haian de quedar y queden en su fuerza, y Valor Conforme el tenor de los Establecimientos de la Señoria, sin novedad, ni derogacion de cosa alguna entendiendose, que todas las particiones de los dhos frutos, y de qualesquiera otras Cosas, sin excepcion de cosa alguna, se haian de traer al Monasterio â expensas propias de los Vasallos y havitadores de dho Lugar de Benifairò, sin que este por dha razon les haia de dar, ni satisfacer cosa alguna.