viernes, 24 de julio de 2009

MOJONES DE VALDIGNA POR LA PARTE DE ALZIRA

Lio 3º

Dichos Reales Comisarios Bernardo de Clapês, y Pedro de Forês en 27 de Marzo de dho año 1301 accedieron personalmente hasta donde llega el termino de Alcira, y pusieron mojones de argamasa en los lugares, hasta donde llegaba el termino de Valdigna, â saber; en una roca aguda, que estâ al cabo del barranco de Ballalba, y viene â fita cubierta al camino que vá â Alcira, al lugar que llama Ortull, y de dho lugar vâ â fita cubierta hasta la montaña dha Puig, cô collado dho fitan = Murta, y de dho lugar passa adelante a la Valle de Malet, que es de Valdigna.

Entre la Villa de Alcira, y este Monasterio se siguiô pleito, pretendiendo cada uno recahia en sus termino la valle ô valles llamadas comunmente la Fuente del Tormo, y la Fuente del Barber, y para su terminacion, fue convenido se dividiesen entre dhas partes las referidas fuentes, poniendo lindes, mojones, ô fitas. Para este efecto nombraron Juezes divisores por ambas partes, los quales accedieron personalmente y reconocieron los lugares de dhas valles, y de comun acuerdo, resolvieron lo siguiente: Primeramente acordaron, que en la cima ô cumbre de dhas valles, ô valle de las fuentes del Tormo, y del Barber, la qual estâ acia la plana de Aguas Vivas a la parte siniestra de la entrada del Portichuelo de la dha Valle subiendo a las referidas Valles por la parte de Aguas Vivas, sobre un Collado se ponga un mojon de piedra y cal, el qual linea recta mire a otro mojon que devia ponerse en la montaña de dhas Valles, que estâ acia Masalali, la Alcudiola, y Favara; esto es en medio de un barranquito que hai en dha montaña; y assi mesmo pusieron otro mojon en medio de la montaña de dha valle sobre la Fuente del Barber que corresponde fita cubierta â los antecedentes linea recta v el quasi: De manera que dhos tres mojones fueron puestos recta linea, y â fita cubierta sin fraude de las partes, ni detrimento; item que el mojon que devia ponerse en el Collado de dha montaña acia la plana de Aguas Vivas, no cause perjuicio, ni al Monasterio de Valdigna, ni a la Villa de Alcira, ni imvierta la linea, y orden con que estan puestos los de la plana de Aguas Vivas, ni el dho mojon de, ô quite drecho alguno a las partes, sirviendo solamente de fita mojon para particion de dhas fuentes. Item: concordaron que en la otra parte de dhas fuentes, y valles en la montaña que estâ acia Masalali, Alcudiola, y Fabara en su cumbre se ponga un mojon en drechura del que esta designado en medio del barranquito de dha montaña; y assi mesmo siguiendo la cumbre de dha montaña acia la parte de Alcira se pongan dos ô tres mojones de piedra y cal que sirvan de señal y division de las vertientes de dha montaña dentro de la misma valle, ô valles, de suerte que las vertientes de los dhos mojones acia dhas valles sean del termino de Alcira. Item: que los dhos tres primeros mojones sean siempre division de la dhas valles de las fuentes, de manera que hasta los dhos tres mojones acia la parte de las fuentes del Tormo y del Barber acia Alcira, sea del termino de Alcira, hasta dhos tres mojones inclusive. Pero de los dhos mojones, travesando las valles de las fuentes dhas acia la parte de Valdigna sea termino y Jurisdiccion de Valdigna con las vertientes de las valles de las dhas fuentes desde los tres mojones adelante hasta la Valle de Alfandech. Item: concordaron que los ganados maiores, y menores de vecinos de Alcira puedan hazer majada dentro del termino de Alcira en dhas valles. Item: que puedan entrar â pacer, herbajar y hacer asestadores, teniendo toda servidumbre vecinal en la parte de dhas valles que toca y pertenece â Valdigna, sin incurrir en pena alguna, y que puedan bolver â su majada, ô corral dentro de las dhas valles, ô fuera de ellas dentro del termino de dha villa, y esto sea tantas quantas vezes quisieren sin que lo embaraze, ni estorbe algun fuero, estatuto, uso, ô costumbre, la qual renunciaron expesamente.. Que igualmente los ganados maiores, y menores de los vecinos de la Valle de Valdigna y de Masalali puedan hacer majada dentro del termino de Valdigna en la valles de las fuentes del Tormo y del Barber en la parte que le pertenece â Valdigna, y entrar â pazer, herbajar, y hacer asestadores, y tener toda servidumbre vicinal en la parte de dhas valles que toca y pertenece â la Villa de Alcira, sin incurrir pena alguna, y en todo en la misma forma que queda dicho de los ganados de Alcira… Item convinieron que los ganados de los vecinos de Valdigna, y de Masalali en caso que vaian â pacer, y herbajar â las valles de dhas fuentes puedan entrar en la parte de la Villa de Alcira, ê ir sin embarazo, ni pena alguna a la fuente del Barber que estâ en la parte de Alcira, y dar agua; pero que luego que el ganado haia bevido, deva salir de dha fuente; de suerte que en ella, ô cerca de ella no pueda hacerse asestador, en caso que los ganados de los vecinos de Alcira quieran alli dar agua, y lo mismo se entiende de los ganados de Alcira, de suerte que un ganado no pueda en quanto al beber hacer embarazo al otro.

Item quissieron que en caso que las tierras de las dhas valles, que caen dentro del termino de Alcira se estableciessen, y labrassen, la Universidad de dha villa, ô los labradores de dhas tierras sean obligados â tener camino abierto de suficiente anchura, y capacidad, para que los ganados puedan entrar y salir de dha fuente del Barber.

Item quisieron que si fuessen hallados pacentando en dhas valles ganados estraños que no fuessen de la villa de Alcira, ni de la Valdigna, pueda cada una de dhas partes ussar su drecho tanto en sacar prendas de dhos ganados, como en cualquier otro modo que le sea devido.

Item quisieron que cada una de dhas partes en su termino y parte de dhas valles pueda hacer Boalares en el lugar que les pareciere, prohiviendo la entrada en ellos a los ganados que no sean de los vecinos de Alcira, ô de Valdigna.

Item convinieron y otorgaron quen caso de que el Monasterio de Valdigna vendiere el herbaje de la parte q. le pertenece en la sobredicha particion â personas estrañas que no sean de Valdigna; en este caso los ganados de dhas personas estrañas que apacentaron, y herbajaron en dha partida que pertenece al termino de Valdigna, puedan sin contradiccion de Alcira entrar â dar agua en la fuente del Barber, que esta dentro del termino de Alcira, sin que sea impedimento algun Boalar que se haia hecho, ô pena que se haia impuesto, con tal que luego que el ganado haia bebido en dha fuente sea obligado â salir de ella, y del termino de Alcira y bolverse al de Valdigna= Todos los quales Capitulos constan de las Esss. que recibieron Bernardo Coma notario para la Villa de Alcira, y Guillem Pons notario para el Monasterio de Valdigna en 17 de Noviembre de 1343. Estâ el original, y copia en pergamino en el Almario 1, Estante 1, Lio 3.

En dho Almario 1, Estante 1, Lio 4 hai copia del Proceso que siguiô este Real Monasterio con las villas de Alcira y Carcagente, que tomô principio del pedimento que presentô el sindico de este Monasterio a la Audiencia de Valencia en 7 de Abril de 1672 diciendo que dividiendose el termino de Valdigna en la Plana de Aguas Vivas por la sierra llamada de las Aujas, y la Montaña dha de Framurta del termino de Alcira por las vertientes del agua, en esta forma: que todas las vertientes del agua que corre acia Valdigna son del termino de Valdigna, y las que corren azia el Convento de Aguas Vivas son termino de Alcira y estando el Monasterio de Valdigna, y sus vasallos en esta posesion, los arrendadores del herbaje de la Villa de Alcira hicieron una monta en el año 1668 sobre la qual se suscitô la question de las horcas que en dho lugar pusieron el Monasterio y la Villa de Alcira, las que mandô la Audiencia quitar, y que nombrassen las partes dos Abogados, que decidiessen la question, y que dividiessen los terminos, en vista de los instrumentos que presentassen en justificacion de sus respectivos drechos, y estandose tratando esto, llegô â noticia del Abad y Monasterio como en 31 de Marzo de 1672 los sindicos de las villas de Alcira y Carcagente con asistencia de Don Melchor Cisternes de Oblites oidor de dha Audiencia havian edificado un mojon de cal y canto en la plana de Aguas Vivas, entrandose, y sin comvocar â persona alguna por parte del Monasterio, por cuia razon el sindico de este Monasterio se fuê â dho lugar, y en presencia de dho oidor hizo su protesta a los sindicos de Alcira y Carcagente, para conservacion de los drechos del Monasterio, y concluiô pidiendo mandassen los Señores de dha Real Audiencia revocar todo lo executado por dhos sindicos, y admitirle el recurso, et ejus ope declarar no haverse podido fabricar dho nuevo mojon sin intervencion del sindico del Monasterio, y que mientras se conocia del recurso, no se innovasse cossa alguña en orden â continuar el Amojonamiento. Evocose la Causa y se despacharon Reales Letras en la forma pedida por el Monasterio, las que contradixo el sindico de la villa de Carcagente, y con Real Provision de 14 de Octubre de 1672 dho oidor Don Melchor Cisternes, declarô no haver lugar a la contradiccion del sindico de la villa de Carcagente. Quedô en este Estado la Causa. Estâ en el almario 1, Estante 1, Lio 4.

En dho Almario 1 y Estante hai un Processo copia, comenzada por el sindico de Alcira con pedimento que presentô en la Real Audiencia de Valencia en 25 de Maio de 1672 en el qual haze una larga ê impertinente narrativa de los Amojonamientos de los terminos de Alcira, y Carcagente, desde que este se desmembrô de aquella en el año 1577 hasta que se edificô el mojon en la Plana de Aguas Vivas en el año 1672, y por quanto assi la villa de Carcagente como el Monasterio de Valdigna havian interpuesto recurso a la Real Audiencia pidio el Monasterio con citacion de los sindicos de ambas partes, derribasse los mojones puestos por dho Cisternes. Suplantose.

jueves, 23 de julio de 2009

MOJONES DE VALDIGNa POR LA PARTE DE GANDIA

Lio 2º

En 26 de Marzo de 1301 dhos Bernardo de Clapês, y Pedro de Forês Comissarios Reales accediron personalmente al lugar donde el termino de Valdigna linda por el termino de Gandia, en donde pusieron los siguientes mojones. El 1 acia la montaña sobre el camino; Otro en el mismo Camino; de aqui sigue el termino de Valdigna linea recta fita cubierta hasta el Mar â los montones de arena, que en idioma Valenciano se llaman Montallars, cô Montañars, en donde pusieron otro mojon.

Hecho el referido Amojonamiento por los Expresados Reales Comisarios, los Jurados y Vecinos de Gandia derribaron los mojones, fundandose en que habian sido puestos contra disposición de los fueros de Valencia, y en perjuicio del termino de Gandia, sobre lo qual huvo varios protestos de parte del Monasterio, y de los Jurados de Gandia. Informô al Rey Bernardo de Clapês, y en su consequencia, despachô Real Carta, que comienza: Jacobus Dei gratia & para que dho Clapês hiciese nuevo reconocimiento del apeo, y deslinde que por aquella parte havian hecho.

En cumplimiento de la referida Real Carta orden, se suscitaron Varios pleitos entre el Monasterio, y Gandia, y por convenio de las partes se executó la Construccion de mojones por los Sindicos, y Expertos con los poderes necesarios en la forma siguiente: Primeramente: Encontraron dos mojones (de tiempo antiguo) de argamasa en el lugar llamado les Barreres, esto es, el uno arriba, y el otro baxo del Camino, por el qual se vá del Rafol â la Ciudad de Gandia; los reedificaron, y juzgaron estar bien puestos, por division dichos términos. Subieron despues a la Cima ô Cumbre de la Montaña dha las Barreras, en la qual hai edificados dos mojones, y linea recta, (u el quasi,) de ellos, pusieron otro mojon de piedra, y argamasa. Siguiendo tozal a su salida, y â vista de la hoia, dha del Rafol, pusieron otro mojon de piedra y argamasa. De alli subieron a la Cumbre de un tozalet que estâ en medio de dha hoia, en el qual pusieron otro mojon de piedra, y argamasa. Desde este mojon fueron recta linea a la Cumbre de una montaña pequeña, que estâ sobre el Barranco de Frexar cô de las Covatelles, Cuias vertientes corren a la hoia del Rafol, en donde pusieron otro mojon. Partiendo de este linea recta (v el quasi), â un tiro de piedra poco mas, ô menos, pusieron otro mojon de piedra y argamasa. De este fueron linea recta â distancia de tres tiros de Ballesta poco mas, ô menos al medio de un Collado sobre las hoias de la Alqueria de la Ombria, en donde pusieron otro mojon de argamasa. De aqui partieron recta línea â un tozal que estâ sobre la majada dha del Fenollar, que estâ sobre la Cueva llamada set llum, en donde pusieron otro mojon de argamasa. Partiendo de este mojon de la majada, fueron â un tozal llamado del Ullastre, sobre el qual, pusieron otro mojon de argamasa. Partieron de aquí al primer Cabezo, que esta bien adelante línea recta, y confronta con la primera hoia del Estoriô, y mira acia Monduber la fuente dha de Montell, co Bostell, en donde pusieron otro mojon de argamasa. Partiendo de aquí fueron â dha fuente de Bostell, y atendiendo a la paz y Concordia que dha fuente fuesse mediera de Valdigna, y Gandia, y en señal de este Comvenio pusieron en medio de dha fuente un mojon, para manifestar quedaba común. Partiendo de este mojon de la fuente, fueron subiendo, y sobre dos grandes Cantales, co tormos, que están â manera de Pilar, pusieron otro mojon de argamasa. Partiendo de este fueron línea recta al primer Cabezo sobre la ultima hoia dha del Estoriô, en donde pusieron otro mojon de argamasa. De aquí partieron recta línea a la Cumbre de la Montaña que mira a la Derova, donde fenecen los terminos de Valdigna, y Gandia, aguas vertientes acia la Derova, y en un Collado que estâ en drechura de la fuente de dho llano de la Derova, pusieron otro mojon de argamasa. De allí subieron a la Cumbre de la Montaña de Monduber, y en un llanito que hai allí, pusieron un grande mojon de argamasa el qual por la Cresta de dha montaña, acia Gandia, corresponde al mojon llamado de la Maisola que hicieron reparar, y estâ sobre el Camino que vâ de Gandia â Xativa, el qual antiguamente fue puesto por división de los términos de Gandia, y de Barch, declarando, que las vertientes de Monduber acia Gandia, son de Gandia, y las vertientes acia dho mojon de la Maisola son del dho Lugar de Barch. De todo lo qual reciviô escritura publica Jaime de Vilarzello en 22 de Noviembre del año 1388. Estâ su original en un Pergamino de dos Pieles, del qual sacô copia en papel Thomas Martinez en 4 de Octubre de 1662, pero hai muchas vozes erradas, y otras mal copiadas. Estan en el Almario 1, Est. 1, Lio 2.º

Despues en presencia del Procurador y Sindico de Valdigna, y de Don Balthasar Oriola Governador de la Ciudad de Gandia, y Procurador General del Duque de dha Ciudad, se reedificô el Mojon llamado de la Marina, que divide los términos de Valdigna, y Gandia, en el mismo sitio, cô Montañars del Mar, en donde lo pusieron antiguamente Bernardo de Clapês, y Pedro de Fores Reales Comisarios y para maior claridad fue convenido entre dhas partes, que en el dho mojon por la parte que mira acia Valdigna se pusiese una Piedra, y en ella se gravasen las armas de Valdigna, y en el mismo mojon por la parte que mira acia Gandia se pusiese otra Piedra, y en ella gravadas las armas del Duque de Gandia. De todo lo qual reciviô Essª Thomas Martinez Notario en 26 de Marzo del año de 1658.= Estâ dha Escritura con los Protestos ante dichos, en el Almario 1, Estante 1, lio 2º Vease la pag. 488

miércoles, 22 de julio de 2009

MOJONES DE VAL-DIGNA POR LA PARTE DE CULLERA Y CORBERA

Nota. Hay copia simple, pero fiel, del amojonamiento de todo el Estado de Valdigna en el Caxon 2º, Lio 5º y Numº. 2º. Años 1300 y 1301.

En 26 de Marzo de 1301 los dos Bernardo de Clapês, y Pedro de Forês en cumplimiento del referido orden constituidos en el termino de Valdigna por la parte que dho termino linda con el termino de la Villa de Cullera, y Corbera, pusieron los Mojones siguientes: El 1 de argamasa, sobre la fuente dicha comunmente de Montell, que está entre la Alcudiola, y Fabara sobre le camino. El 2 al pie de la Cuesta, cô Montaña que hai allí, y en medio pusieron otro. Sigue desde allí el termino de Valdigna hasta el mojon que puso en el Almarjal en Romani, siendo suio dho Lugar de Alcudiola.

En quanto al apeo, y deslinde de lo que el termino de Valdigna se estiende por la parte de Cullera acia el Mar, quisieron suspender y suspendieron dos Comisarios Reales la continuacion del amojonamiento, diciendo que no deslindaban cosa alguna por aquella parte, ni ponían mojores, respecto de haverse reservado dho Serenissimo Señor Rey el hacer por si mismo este particular apeo, y deslinde. Accediô pues personalmente dho Señor Rey, y por si mismo hizo el dho apeo particular en la forma siguiente: Desde la dicha fuente de Montell continua el termino de Valdigna hasta un pequeño Cabezo, cô Collado, el quiso sirviese de mojon. Desde dho Collado, va el termino recta línea â otro Collado, que estâ baxo la Alcudiola hacia el Mar, el qual Collado es termino de Valdigna, y quiso sirviese de mojon. Desde este continua el termino de Valdigna hasta un Campo que estâ acia el Mar, el qual estaba entonces sembrado y plantado de algunas higueras, que era propio de na Mareta, Vecina de Cullera, en el quiso se pusiera un mojon. Desde este mojon prosigue el termino de Valdigna por el mismo campo línea recta acia el Mar en donde mandó poner los siguientes mojones. Uno al cabo de dho campo, Otro linea recta en el lugar mas cercano al Mar, y en medio de estos dos mandó se pusiesse tercer mojon, queriendo que todo lo que estâ en estos mojones hacia la parte de Valdigna fuesse de Valdigna, queriendo que su termino se estendiese y llegasse hasta Cinco millas dentro del Mar. Consta este singular apeo, y Amojonamiento del Privilegio fecho en Valencia en 5 de Marzo de 1306. Cuio original estâ en el Almario de Privilegios Reales, y copiado en el Libro de esto, pagina 29.= Hay también Copia autentica signada en el Almario 1, Estante 1, Lio 1, nº 1.

Despues el P. Fr. Daniel Carbonell, Sindico de este Real Monasterio en 26 de Maio de 1405 se querelló al Governador de la Ciudad, y Reyno de Valencia de que su Lugarteniente, y el subsindico de dha Ciudad havian puesto un nuevo mojon divisorio de los términos de la Villa de Cullera, y Valdigna no en el Sitio, que dho Señor Rey havia mandado se pudiesse, sino diez ô doze pasos mas acâ dentro del termino de Valdigna; por lo que le supplicô nombrase Comisarios, que viessen ser assi, y mandassen derribar dho nuevo mojon, y construirle en el sitio que el Rey mandô. Nombrô dho Governador Comissarios, los que accediendo personalmente al lugar donde estaba el referido mojon, hallaron ser assi, como havia afirmado el Sindico del Monasterio, y en su conquencia, mandaron derribar dho nuevo mojon, y reedificar el antiguo en el mismo sitio que designô el Señor Rey Don Jaime. De todo lo qual reciviô escritura Pedro Espert Notario. Estâ su Original, y Copia en el Almario 1, estante 1, Lio 1, numº 2.

martes, 21 de julio de 2009

ESCRITURAS

PERTENECIENTES

al deslinde, y Mojones de los Lugares que posee este

REAL MONASTERIO.

* IHS *

En la donación que en 15 de Marzo de 1297 hizo el Serenissimo Señor Rey D. Jaime de toda la Valle de Alfandech con todos los Lugares en ella comprehendidos, expresó que los términos de dha Valle, y sus Lugares lindaban con términos de Cullera, Corbera, Alcira, Barch, Barcheta, Vairen, y hasta dentro del Mar una legua.

El mismo Serenissimo Señor Rey Don Jaime en su Provision de 18 de Marzo de 1297 mandô â Bernardo de Clapês, y â Jaime de Linares, accediesen personalmente â dha Valle de Alfandech, cô Valdigna, para que reconociendo con diligencia y cuidado todos sus términos, pussieran todos los mojones necesarios, para evitar pleitos â este Monasterio. Repitiô dho Señor este mismo Orden por su Carta fecha en Valencia en 16 de Marzo de 1300 dirigida â dho. Bernardo de Clapes, y Pedro de Fores. Accedieron estos â la Valle de Alfandech para cumplir el Real Orden, y amojonaron todos los términos de Valdigna en la forma siguiente

Nota marginal: El original de este Amojonamiento està en el Caxon 1.º de Privilegios, Lio 3º, Num.º 1.º

lunes, 20 de julio de 2009

BULLAS CONCEDIDAS Al Ord. Cisterciense en comun

PLIEGO II.

Caxon VI

Bulla de Gregorio IX para que no sean molestados los Monasterios de Monges Cistercienses con hospedages de Principes, y que no entren en ellos mujeres, num. 1.

Bulla de Honorio IV que los Cistercienses no paguen Diezmos, ni primicia de ninguna de sus heredades y Posesiones, numero 2.

Bulla del mismo para que el Monasterio de Santas Cruzes no sea molestado por persona alguna, n. 3.

Bulla del mismo para que ningún Legado Apostolico pueda promulgar Censura alguna contra los Cistercienses sin especial orden del General, ô de su Santidad, num. 4

Bulla de Innocencio IV que los cistercienses no sean obligados â ir â los Concilios, sino solamente para determinarse en ellos causas de feê, numero 5.

Bullas del mismo, y de Alexandro IV para que los Cistercienses puedan en sus Granjas erigir capillas, y celebrar en ellas; numero 6.

Bulla del mismo Alex. para que los Cistercienses no esten obligados â dar hospedage al Obispo Diocesano, n. 7.

Bulla del mismo, que los Cistercienses no esten tenidos â pagar subsidio alguno, ni dicho â los Legados Appostolicos; ni a los Obispos, numero 8.

Breve de Bonifacio VIII que los Cistercienses no paguen Diezmos, ni Primicia de las tierras propias que dieren â los Seculares para que las cultiven, num. 9.

Breve de Eugenio IV que ningun Abad pueda ceder, ni resignar su Abadia sin licencia del Capitulo General, n. 10.

Licencia del Papa, para que unos Monges de Santas Cruces passen â vivir â otros Monasterios, num. 11.

PLIEGO III

Caxon VI

Copia de ciertos Autos tocantes â los derechos que prentenden los Obispos por Diezmos, y Primicias, numero 1.

Traslado de los Privilegios contenidos sub num. 5 y 6 y otro de Innocencio IV, que manda â los Prelados observen los Privilegios concedidos â la Orden Cisterciense, y del Papa Gregorio X que los Frailes Franciscos no reciban en su Religion a los Cistercienses sin especial licencia de su Santidad, y de ambos Prelados, num. 2.

Otros traslados de dichos Privilegios, y de otros arriba expresados de Varios Pontifices, num. 3.

Bulla de Clem. VI de la Immunidad del Orden Cisterciense. El Juez Conservador del Monasterio de Valdigna, es el Arzobispo de Valencia, num. 4.

Bulla llamada comunmente la Benedictina tocante al gobierno temporal de los Cistercienses, num. 5.

Vease pag. 485 y vistas las pags. 486 y 487 vuelvase á la presente.

En dho. Estante baxo el Nº. 19 está el Memorial puesto por el Sôr. Abad al Rmo. Vicario General en el que concede licencia para vestir un Zullo y aumentarle la Vesticion hasta 501 L. Fecha en Rueda á 22 Deciembre 1825.

En dho. Estante y baxo el Nº 20 hay cuatro paquetes que contienen lo siguiente.

1.º Carta y nombramiento del Rmo. P. Dn. Pascual Talens para Vicario General de nuestra Congregacion que hizo el Nuncio Appostolico en Madrid á 15 Julio 1815.

2º. Circular del Sôr. Abad de Poblet, en que dice ser su Monast.º uno de los ocho señalados por su Magestad, para que puedan retirarse á el los Monges de los Monasterios suprimidos por el Decreto de las Cortes y Ley de 25 de Octubre 1820. Fha. en Poblet â 20 Marzo 1821.

3.º Circular del Sôr. Vicario General fha. en Rueda á 28 de Setiembre de 1823 en que copia la orden del Exmo. Sôr. Nuncio, para que los SS. Abades continuen sus Abadias hasta cumplir el cuadrienio util, fha en Madrid á 21 Setiembre 1823. Y Cartas de algunos Monges que reconocen al Sôr. Abad.

4.º Circular del Sôr. Vicario General fha. en Rueda á 6 Marzo 1826 copiando la Declaracion y Orden de que concluyendo las Abadias en 30 Abril del mismo, el Rmo. Vic.º Genl. y demas Superiores mayores de la Congregacion sigan en sus oficios, y que los Capitulos de Ternas y Provincial se celebren en los mismos días, que antes del abolido Sistema Constitucional, y que en la vacante, se gobiernen los Monasterios por Presidentes mayores. Fha. en Madrid á 11 Febrero 1826.

viernes, 17 de julio de 2009

CONCESIONES

De varios Prelados hechas al Monasterio de Valdigna, y Bullas concedidas al Orden Cisterc. en comun. Pliego I.

Caxon VI

Concesion de varias indulgencias, hecha por 12 Cardenales al Altar de nuestra Señor de la humildad del Real Monasterio de Valdigna, num. 1.

Concordia del Obispo, y Cabildo de Valencia con el Monasterio de Valdigna, en que le concede todos los Diezmos, y Primicias de toda la Valle, y Barch &ª, y que la Retoria del Rafol, que antes servia un Clerigo, la administre un Monge del Monasterio, numero 2.

Comision del Nuncio del Papa, para examinar la Causa de la fundacion del Monasterio de San Bernardo de la huerta de Valencia, num. 3.

Licencia Appca. para que Fr. Jaime Colom pueda pasarse a los Canonigos reglares de San Antonio, num. 4.

Protesta del Abad de Valdigna al Obispo de Tarragona, de como no estava obligado â asistir al Concilio nacional, por el convocado, numero 5.

Comision del Cardenal D. Pedro de Luna par agregar la Retoria de Espioca al Monasterio, sirviendola un Monge de este, por ser señor de dho Lugar, num. 6.

Confirmacion de la hermita, y termino donde estâ el cuerpo de San Bernardo martir Cisterciense, y sus hermanas hecha al Monasterio de Valdigna por Don Alonso de Aragon Arzobispo de Valencia, num. 8.

Consentimiento del Abad de Valdigna sobre los Fueros del Rey Don Alonso el V por lo que podian tocar y pertenecer a la immunidad Ecclessiastica, n. 9.

Comision del Abad de Morimundo, Reformador de todo el Orden Cisterciense al Abad de Valdigna para reformar el Convento de la Zaidia, y absolver â las Monjas de ciertas Censuras, num. 10.

jueves, 16 de julio de 2009

BULLAS PONTIFICIAS

Por quanto en el año de 1723 se hizo un Libro en foleo que estâ con Cubiertas de Cordovan negro, en el qual se copiaron todas las Bullas Pontificias, que tiene este Rl. Monasterio, y en su principio hai un Extracto copioso de sus contenidos, se ommite el referir aquí el mismo Extracto, pues quando convenga, y sea necesario, se podrá leer el Contenido de cada Bulla en el referido extracto. Aquí pues, solo se expresarân los Lios, y Numeros en que están dichas Bullas con una insinuacion de lo que contiene cada vna de ellas.

* PLIEGO I *

Caxon V

Bulla de Juan XXII de la fundacion de Montessa, y facultad concedida al Abad de Valdigna para Visitar el Convento de Montessa, num. 1.

Bulla del mismo Pontifice en que concede â las Monjas del Monasterio de Monsant de Xativa, puedan professar el Orden Cisterciense, y Paternidad de dho Monasterio que concede al Abad de Valdigna, num. 2.

Bulla de Clem. VI alias VII para que el Abad de Valdigna pueda fundar, y dotar el Monasterio de San Bernardo de huerta de Valencia, num. 3.

Bulla del mismo Clem. para que el Abad de Valdigna conponga ciertas diferencias entre el Obispo de Valencia y el Clero, num. 4.

Bulla del mismo Clem. en que concede puedan ir tres Monges â estudiar Canones â alguna Universidad publica, num. 5.

Bulla del mismo Clem. en que nombra por su Capellan al Abad de Valdigna D. Luis Rull, y varias exempciones, que le concede, n. 6.

Nota marginal:

Vota} Que el pe. Dn Estevan Gil Autor de este Libro Registro padeciò equivocacion en escribir q El Papa Clemente VI alias VII nombrò por su Capellan al Abad de Valdigna Dn Luis Rull pues lo que hizo èste Pontifice fue de Abad, o hojo que era Rull de Santas Cruces, le nombrò en Abad de Valdª según consta por la misma Bulla que cita al n.º 6.

Esta borrado por falso.

Breve en que un Legado del mismo Clemente concede ciertas Indulgencias al Monasterio de Valdigna, num. 7.

Breve del mismo Clem. para absolver un Monge de ciertas censuras, num. 8.

Bulla de Gregorio XI en que confirma todas las gracias, Indulgencias, y exempciones concedidas por los Papas antecessores, num. 9.

* PLIEGO II *

Caxon V

Bulla de Benedicto XIII en que concede al Abad de Valdigna vse de inisignias, y Ornamentos Pontificales, y el que pueda bendecir el Pueblo num. 1.

Breve del mismo al Abad Rull, para que pueda absolver de Varias Censuras num. 2.

Bulla del mismo en que nombra Abad de Valdigna â Fr. Pedro de San Juan, que era Abad de la Real de Mallorca, num. 3.

Facultad del mismo, para que el Monasterio de Valdigna se cargue en 4000 florines, para gastos suios en el Cisma de su tiempo, num. 4.

Bulla del mismo, para que el Abad de Valdigna visite el Monasterio de San Bernardo de la huerta, numero 5.

Gracias concedidas al Abad de Valdigna Don Luis Rull, Capellan de su Santidad; numero 6.

Nota { Consta por este nº 6 haver sido nombrado Dn. Luís Rull Capellan de su Santidad por Benedicto XIII.

Facultad que dâ el mismo al Abad Rull, para absolver de Varias Censuras numero 7.

* PLIEGO III *

Caxon V

Bulla de Nicolao V en que restituye al Monasterio la Judisdiccion de la Valle, que por siniestro informe havia dado â un Cavallero, num. 1.

Bulla del mismo en que dâ facultad al Abad Rull, para absolver de Varias Censuras, num. 2.

Bulla del mismo con insercion de un Privilegio del Rey Don Alonso el V que mandô no estorben al Monasterio el arrendar el Abadiazgo, numero 3. Tambien hay copia authentica de dho Pribilegio.

Bulla de Eugenio IV para que Fr. Pedro Baldô pueda pasarse â otro Monasterio num. 4.

Visita por el Delegado de Alexandro VI siendo Abad de Valdigna Don Rodrigo de Borja;

Nota que dho D. Rodrigo de Borja dispuso, que renunciando el, el Abadiazgo de Valdigna, Don Fernando el Catholico lo diese a Cesar Borja, hijo de aquel en el año de 1491 y en el de 1492 ascendiô a la Silla de San Pedro. Llamose dho D. Rodrigo: Alexandro VI, pero al tiempo de la Visita era Arcobispo de Valencia, Cardenal de la Santa Iglesia, y Aministrador perpetuo del Abadiazgo de este Monasterio, num. 5.

Bulla de Clem. VII para que Fr. Phelipe Capella pueda pasar a los Clerigos Reglares de S. Agustin, n. 6.

Bulla de dho Clem. en que extingue los Abades Comendatarios perpetuos, ê instituie los trienales que puedan ser del mismo Monasterio, num. 7.

Notificacion de dha Bulla, hecha por el Emperador Carlos V, num. 8.

Bulla de dho Clem. â Fr. Gaspar Bellver, y otros Monges de Valdigna con singulares gracias num. 9.

Copia authentica de los Abades trienales num. 10.

* PLIEGO IIII *

Caxon V

Bulla de Paulo III. Institucion de Cofadria de la Minerva, y licencia para fundarla en Valdigna, num. 1.

Bulla del mismo en que manda con Excomunion maior se restituían los bienes usurpados al Monasterio, num. 2

Bulla del mismo en que confiere la Retoria de Simat a Fr. Andres Olivera. Num. 3.

Bullas de Pio IV para obtener Fr. Juan Talavera la Retoria de Simat números 4 y 5.

Bulla del mismo para obtener Fr. Pedrôs la Retoria de la Ombria num. 6.

Bulla del mismo, para que se restituía al Monasterio de Valdigna, el de San Bernardo de la huerta num. 7.

* PLIEGO V *

Caxon V

Bulla de Gregorio XIII en que concede Indulgencia plenaria â todos los Religiosos de este Monasterio que celebren Missa de réquiem en el altar de la Galilea n. 1.

Mot. Prop de dho Gregorio en el qual confirma todo lo concedido por sus antecesores Comisarios en la traslacion de las Monjas de Monsant de Xativa y la incorporacion de todos sus bienes al Monasterio de Valdigna, numero 2.

Adjudicacion de las renta, y Convento de Monsant al Real Monasterio de Valdigna, hecha por los Comissarios Apostolicos de dicho Gregorio, n.3.

Possesion del Convento de Monsant, tomada por el Abad de Valdigna, num. 4.

Breve de Clem. VIII en que aprueba la eleccion de Abad de Valdigna, Fr. Bartolome Serrano hecha; numero 5.

Breve de dicho Clem. VIII en que declara por nulla la eleccion de Abad, hecha en la ruidosa visita del Obispo de Utica, en la persona del P. Fr. Bartholome Ximenez del Monasterio de Santa Fee, y aprueba, y confirma la de dho Serrano, num. 6.

Breve del mismo para hacer nueva Profession cinco Monges de este Monasterio de Valdigna, num. 7.

Breve del mismo para revalidad la Profession cinco hermanos de la obediencia de Valdigna, num. 8.

Bulla de Paulo V para revalidar en vna Retoria de la valle â Fr. Juan Talavera, num. 9.

Bulla del mismo en que manda con Excomunion maior se restituían los bienes usurpados al Monasterio, n. 10.

Bulla del mismo en que manda con Excomunion maior no se saquen de la Sacristia halajas, ni Libros de la Librería, numero 11.

Bullas de Urbano VIII en que provehe en Fr. Juan Talavera una de las Retorias de la Valle, num. 12 y 13.

Bulla * del mesmo Urbano, en que concede que el Abad, y Monasterio de Valdigna, puedan nombrar un Monge por Governador de sus Estados, ê inmiscuirse, y hacer Causas, y formar Procesos Civiles, y Criminales, sin incurrir irregularidad alguna, se hallarâ copiada en el Libro de Privilegios Reales, pag. 2 y su Original estâ en el Arca del Deposito.

Bulla de Clemente XII dada en Roma en el año de 1739 sobre la extinción de las Retorias de la Valle, y nominación de Vicarios temporales. se encuentra copiada en este libro pag. 116.

Vease pag. 482.

CEDULA REAL DE PHELIPE V

En el dicho Caxon 3 se hallarâ Copia de los autos sobre las tierras Baldias, y Realengas del Estado de Valdigna que se compone de los Lugares de Simat, Benifairô, Taberna, Almussafes, y Rugat, y la transacción, que mediante Cedula Real, hizo el referido Juez por el Servicio de 30000 Reales vellón, que hizo este Real Monasterio â su Magestad.

Nota

Amas de los Privilegios Reales expresados en la serie antecedente, se hallaràn otros en el titulo de amortizacion pag. 471 y siguientes.

Vease también pag. 477.

miércoles, 15 de julio de 2009

PRIVILEGIO DE PHELIPE IV

Dado en Madrid en 12 de Marzo 1635 en que concede por via de contrato al Abad, y Monasterio de Valdigna, por 6000 Reales la Jurisdiccion Suprema, mero, y mixto Imperio en el Lugar de Almusafes, gubernatorio nomine. Esta en el Caxon 3.

PRIVILEGIOS DE PHELIPE II

Dado en Monzon en 12 de Nob.e de 1547 en que confirma el Privilegio sobre el crimen de collera. Estâ en el Caxon 3.

Privilegio 2 dado en Valencia en 20 de febrero de 1586 en el qual concede que el Monasterio de Valdigna pueda amortizar 1500 # en propiedad. Se hallarâ dicho Privilegio en el caxon de Amortizacion pag. 472.

PRIVILEGIO DE CARLOS QUINTO

Dado en Monzon en 30 de Agosto de 1533 en el qual confirma la donacion de toda la Valle, que hizo el Serenissimo Rey Don Jaime el Segundo de Aragon. Esta dicho Privilegio en el Caxon 3 y copiado en el libro de privilegios pagina 297.

Privº. de Dn. Fernando el Catholico sobre Eleccion

Caxon 3.

PRIVILEGIO DE LA REYNA D.ª MARIA

Dicha Señora, mujer del Rey D. Alonso el quinto con su Privilegio dado en Zaragoza en 2 de Octubre de 1442 concede Salva, y Guarda Real al Monasterio. Estâ en el Caxon 3.

PRIVILEGIO DEL INFANTE D. JUAN

Dicho Señor Infante, Rey de Navarra Governador general en los Reynos de la Corona de Aragon concede Salva, y Guarda Real al Monasterio, y â todos sus bienes; dado en Tafalla en 24 de octubre de 1438. Estâ en el Caxon 3 copiado en el Libro, pag. 293.

PRIVILEGIOS DEL REY D. ALONSO EL V

Provision Real fecha en Valencia en 14 de Setiembre de 1417 en que manda â sus oficiales Reales no embarazen el cobro de los 4000 florines de oro arriba dichos, si que sea preferido el Monasterio en cobrar de las rentas, y frutos de dicho Arcedianato. Estâ en el Caxon 3, Lio de Rey D. Alonso.

Provisión Real fecha en 5 de Setiembre de 1418 en la qual exime al Monasterio, y Vasallos de pagar drecho de Cena.

Provisión Real dada en 5 de Setiembre de 1441 en la qual concede facultad al Monasterio, para que pagando un Real por Vecino, puedan tomar el, y sus Vasallos la Sal de donde quisieren, sin que nadie les pueda precisar â tomarla de Administrazion. Estàn en el Caxon 3, Lio del Rey D. Alonso.

PRIVILEGIO DEL REY D. FERNANDO I

Privilegio unico dado en Valencia en 31 de Maio de 1415 y en el manda â todos sus Oficiales Reales no impidan al Abad, y Monasterio de Valdigna, antes bien le den todo el favor, que necesistassen, para cobrar, percibir, arrendar & las Rentas del Arcedianato de Xativa, para el cobro de los 4000 florines de oro que el Monasterio le havia prestado, para ayuda â la guerra, co armada dicha Union de la Iglesia. Benedicto xiii concedió también Bulla para el referido reintegro. Estâ en el Caxon 3.

martes, 14 de julio de 2009

PRIVILEGIOS DEL REY D. MARTIN

Privilegio 1. dado en Zaragoza por dicho Serenissimo Señor Rey D. Martin, en 11 de noviembre de 1398 concede Salva, y Guarda Real al Monasterio, sus bienes, y Vasallos. Caxon 3, num. 1 y copiado en el Libro, pag. 267.

Privilegio 2 dado en Altura en 15 de Setiembre de 1401 en que manda, que en la Alondiga, co Almodin de Valencia no se tome drecho alguno por el trigo que vendiesse el Monasterio de Valdigna procedido de las Granjas que posea, arrendadas, ô encomendadas a Monges del Monasterio; Estâ inserto el del Rey D. Jaime quien concedió lo mismo. Original, y Traslado están en el Caxon 3, num. 2, y copiado en el Libro de Privilegios, pag. 120.

Privilegio 3. Dado en Altura en 14 de Setiembre de 1401 en el qual enfranqueze â los Vasallos de Valdigna presentes y futuros de ambos Sexos, con todos sus bienes. Original, y traslado en el Caxon 3, num. 3. Copiado en el Libro, pag. 261.

Privilegio 4. dado en Valencia en 8 de Agosto de 1402 en el qual enfranqueze generalmente todos los bienes del Monasterio. Estâ en el Caxon 3, num. 4 y copiado en el Libro de Privilegios, p. 264.

Privilegios 5. dado en Valencia en 10 de Maio de 1403 concede el conocimiento y castigo del crimen de collera al Abad, y Monasterio, por cuia gracia hizo la donación graciosa, y Servicio de 10000 L. Estâ en el caxon 3, num. 5 y copiado en el Libro de Privilegios, pag.

Privilegio 6. dado en Valencia en 28 de Setiembre de 1403 en que concede facultad â los Barones circumvecinos de la Ciudad de Xativa, puedan dar fuego dentro de sus términos, sin que obsten los privilegios que dicha Ciudad tiene. Estâ en el Caxon 3, num. 6 copiado en el Libro, pag. 257.

PRIVILEGIOS DEL REY D. JUAN EL I

Privilegio 1 dado en Valencia en 15 de Noviembre de 1382 en el qual dicho Señor Rey diô Sentencia contra la Villa de Alcira condenandole â que pagasse cierta cantidad por haver faltado â una Concordia y Sentencia arbitral, dada por Bernardo de Bonastre, por la qual se mandô que este Monasterio pagasse 71 L anuas de contribucion, por cuia razon fuê injusta la tassacion de 3690 L que dicha Villa de Alcira impuso de Contribucion al Monasterio, Estâ el Original en el Caxon 3, Lio del Rey D. Juan el primero, num. 1 y copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 213.

Privilegio 2 dado en Valencia en 5 de Marzo de 1393 en que confirma la donación de toda la Valle, y la de la Granja de Barch hechas por el Serenissimo Señor Rey Don Jaime. Confirma también el Privilegio del Rey Don Alonso, en que loa y aprueba varias compras, y la Licencia para permutar el Lugar de Rugat por el de Resalañ. Estâ en el Caxon 3, num. 2 y copiado en el Libro de Privilegios, pag. 241.

Privilegio 3 dado en Valencia en 15 de Marzo de 1393 en que confirma la donación de Benivaire, hecha por el Serenissimo Señor Rey Don Jaime, y las compras de Censos, y heredades en Corbera, Fortaleñ y Siñent. Confirma también la Salva y Guarda Real, y la franqueza de todos los bienes del Monasterio, por qualquier titulo adquiridos. Estâ el Original en el Caxon 3, num. 3 y copiadoen el Libro de Privilegios Reales, pag. 220

Privilegio 4 dado en Barcelona en 16 de Setiembre de 1393 para que los Colectores de la Camara Apostolica no ocupen los bienes de los Abades difuntos del Orden del Cister, como lo habían executado en los Monasterios de Beruela, Escarpe, y de Valdigna, sin que valga el decir, que los Abades del Cister son Capellanes de honor del Papa, porque por este titulo sus bienes no pueden enagenarse de los Monasterios, lo qual les manda observar sô pena de 1000 morabatines. Estâ en el Caxon 3, n. 4, y copiado en el Libro de Privilegios, pag. 235.

Privº. 5º. Para imponer Sisas & cax. 3, nº 5.

Nota: en el Caxon de Amortizacion se hallarâ un Privilegio de dicho Señor Rey dado en Barcelona en 12 de febrero de 1387 en que concede al Abad, y Monasterio de Valdigna pueda comprar bienes de Realengo hasta la suma de 100000 L, sirviendo dichos biens para dicho Monasterio. Estâ también copiado en el Libro de Privilegios, pag. 217.

Vid. Pag. 471.

PRIVILEGIOS DEL REY D. PEDRO EL IV

Privilegio I dado en Zaragoza, â 17 de Abril de 1336 confirma los privilegios 2 y 3 de su Padre el Rey Don Alonso. Estâ en el Caxon 2, Lio 1 del Rey D. Pedro el quarto, num. 1 y copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 158.

Privilegio 2. dado en Barcelona â 9 de Agosto de 1339 contiene la donacion de Rugat. Estâ en el Caxon 2, Lio 1, num. 2 y copiado en el Lib. pag. 145

El Infante D. Pedro Hijo del Serenissimo Señor Rey Don Jaime el Segundo y Lugartheniente general de su Sobrino el Rey Don Pedro el quarto, concediô Licencia en Tarragona en 17 de Noviembre 1354, para que el Monasterio pudiesse permutar el Lugar de Rugat, por el de Ressalañ. Estâ en el Cax. 2, Lio 5º, numº 3º.

Privilegio 3 dado en Valencia en 26 de Abril de 1347 en el qual confirma la Licencia, que en 21 de Marzo de 1346 concediô su procurador general en la Governacion de Valencia, para que el Monasterio pudiesse fabricar Segundo Horno en Carcagente, y que en adelante pudiesse fabricar otros, siempre y quando conociere el Abad y Monasterio ser necesarios al Comun de dicha Villa, prohibiendo â toda Suerte de Personas poder fabricar Hornos en dicha Villa de Carcagente. Estâ el Original en el Caxon 2, Lio 1, num. 3 y copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 193. Baxo del mismo num. 3 hay un traslado authentico registrado en Mano 30 de Mandamientos, y Emparas de la Corte Civil de Valencia año 1590 foleo 29. Estâ junto al Original en el Caxon 2, Lio 1, sub numero, 3º duplicado.

Privilegio 4 dado en Valencia â 13 de Julio de 1351 contiene la Venta que dicho Señor hizo al Monasterio de la Villa de Almusafes. Estâ Original en el Caxon 2, Lio 2, num. 1. Hay traslado authentico signado por Antonio Viladamor, sacado del Registro de dicho Señor Rey que se conserva en el Archivo de Barzelona. En dicho Lio 2 hay cinco escrituras mas pertenecientes al Lugar de Almusafes, de las quales se hará mención en su Tratado, pag. 326.

Privilegio 5 co Real Provision dada en Barzelona en 26 de Marzo de 1353 dirigida â Garcia de Lloris su Procurador general en el Reyno de Valencia, mandándole reciba informe, si su Real Monasterio de Valdigna es libre, y exempto de contribuir con la Villa de Alcira por la Granja de Benivaire, y Hornos de la Villa de Carcagente y siendo como dicho Monasterio le había representado, mandasse en su Real nombre â la Villa de Alcira restituyan incontinential Monasterio todas las prendas que le huvieren sacado por no haver pagado la contribución, haciendo pagar â dicha Villa las penas, que en las franquezas que tiene el Monasterio, están impuestas, contra los transgresores. Estâ en el Caxon 2, Lio 3, num. 1. Registrado en la Mano 18 de Mandamientos, y Emparas de la Curia Civil de Valencia del año 1678, fol. 14. Copiado en el Libro de Privilegios pagª. 110.

Privilegio 6. dado en Valencia en 22 de Abril de 1353 en que declara que los 4000 L con que el Monasterio havia servido â S. Mag. Para Socorro de la armada contra los ginoveses, havia sido donación graciosa, y no obligatoria. Estâ en el Caxon 2, Lio 3, num. 2. Copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 211.

Privilegio 7. dado en Valencia en 28 de Marzo de 1354 en que concede en reconocimiento de un donativa gracioso para subsidio de la guerra de Serdeña y Corzega de 1000 E, que le havia hecho el Abad de Valdigna Dl Bernardo Boix, que dicho Abad de Valdigna en los Lugares de su Jurisdiccion conozca del Crimen de Collera y que castigue â los Reos que le cometieren. Hay dos traslados authenticos y el Original en el Caxon 2, Lio 3, num. 3 y copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 125

nota: Viciana, explicando, que cosa sea el Crimen de Collera, dice estas formales palabras "Crimen de Collera se entiende por fuero de este Reyno, que le comete el Agareno de la tierra que se embarca, para se allende del mar, y antes, ô despues de embarcado entiende ê procura de captivar Christianos para se llevar. 3 parte Chron. Valencia fol. 36."

Privilegio 8 dado en Valencia en 1 de Abril 1354 en que confirma el Privilegio 1 del Rey Don Alonso su Padre. Estâ en el Caxon 2, Lio 3, num. 4 copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 131.

Privilegio 9. dado en Teruel en 19 de Noviembre de 1357 en que concede Salva y Guarda Real, baxo la qual pone todos los bienes del Monasterio de Valdigna, Lugares, y Vasallos, con los de Resalañ, y Almusafes, mandando sô pena de 1000 doblones su observancia. Estâ en el Caxon 2, Lio 3, n. 5. Copiado en el Libro de Privilegios, pag. 201.

Privilegio 10. dado en Valencia en 27 de Deziembre de 1365 en que manda que en las Casas que el Monasterio tiene en Valencia, Xativa, Gandia, y Alcira, nadie sea hospedado, sino el Rey, la Reyna de Aragon, el Primogenito, y su mujer. Estâ en el caxon 2, Lio 3, num. 6 copiado en el Libro, pag. 111.

Privilegio 11. dado en Barzelona en 29 de Octubre de 1366 en que perdona â los Moros Vasallos del Monasterio que siguieron el partido del Rey de Castilla. Estâ en el Caxon 2, Lio 4, num. 1. Copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 155.

Privilegio 12 dado en Barzelona en 18 de Enero de 1374 en que exime al Monasterio de hospedar en la casa de Valencia â sus domesticos, Reina, ê infantes. Estâ en el Caxon 2, Lio 4, num. 2 y copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 114.

Privilegio 13. dado en Barzelona en 24 de Setiembre de 1378 en que concede Licencia â Francisco Muñoz Doncel de la Ciudad de Valencia, para que dé al Abad de Valdigna 54 L 6, de censo anuo sobre bienes de realengo en cambio de otros 54 L 6 de censo anuo con Luismo, y fadiga sobre unas casas en Valencia, Parroquia de San Lorenzo, que tenia este Real Monasterio. Estâ en el Caxon 2, Lio 4, num. 3 copiado en el Libro, pag. 142.

Privilegio 14 dado en Barcelona en 23 de Maio de 1379 en el qual concede facultad para que el Monasterio de Valdigna pueda entrar en la Ciudad de Valencia todo el Vino, que tuviere de su cosecha, de Diezmos, y rentas, y quanto fuere necesario para el consumo de las casas del Monasterio. Estâ en el Caxon 2, Lio 4, num. 4 y copiado en Libro de Privilegios Reales, pag. 116.

Privilegio 15. dado en Alcira en 27 de Junio de 1382 en el qual concede al Abad de Valdigna el conocimiento de los Judios que delinquieren en el territorio de la Jurisdiccion de Valdigna. Estâ en el Caxon 2, Lio 4, num. 5 y copiado en el Libro, p. 205.

Privilegio 16. dado en Valencia en 24 de Febrero de 1358 en que concede al Monasterio pueda comprar 150 L de renta anua sobre bienes de Realengo. Estâ en el Caxon de Amortizacion pag. 471.

Bulla Plumbea de la resolución â Varias propuestas, que hizo el brazo Ecclesiastico en las Cortes que celevrê en la Ciudad de Valencia en 24 de Setiembre de 1371. Estâ en el Caxon 2, Lio 4, num. 6.

Vease pag. 476.

PRIVILEGIO DE LA REYNA Dª LEONOR

Privilegio, que concedió dicha Señora en Tarragona â 26 de Febrero de 1331 para que los Ministros Reales remitan los malhechores de la Jurisdiccion de Valdigna siempre que su Abad los pidiere requiriéndoles, y que haya este de hacer lo mismo con los malhechores de la Jurisdiccion Real, quando por dichos Ministros fuere requerido. Estâ en el Caxon 2.

lunes, 13 de julio de 2009

PRIVILEGIOS DEL REY DON ALONSO EL IV

Privilegio 1. dado en Valencia â 2 de febrero de 1330 en que confirma dos Privilegios del Rey su Padre; â saber el de la donacion de toda la Valle para fundacion del Monasterio; y el de la donacion de Barch. Está en el Caxon 2, Lio 1 del Rey Don Alonso el IV, num. 1 y copiado en el Libro de Privilegios pag. 101.

Privilegio 2. dado en Valencia â 2 de febrero de 1330 en que confirma la Salva y Guarda Real, que el Rey Don Jaime su Padre concedio al Monasterio, y la estiende â todos.

Privilegio 3. dado en Valencia â 2 de febrero de 1330 en que confirma los Privilegios del Rey su Padre, tercero, septimo, y decimo quanto en orden: â saber que pueda el Monasterio tener una casa en Valencia, en Alcira, Xativa, y Gandia, francas detodo pecho; que confirma la franqueza de la Alqueria de Borriana; y la estension de franqueza general â todos los bienes del Monasterio. Estâ Original en el Caxon 2, Lio 1, num. 3 y copiado en el Libro de Privilegios, pag. 76.

Privilegio 4. dado en Valencia â 2 de febrero de 1330 confirma las tres donaciones de la Granja de Benivaire, sus tierras, Censos & que hizo su Padre al Monasterio; La primera en 27 Deziembre de 1311; La segunda en 11 de febrero de 1317; Y la tercera en 9 de Julio de 1319. Segun contienen los Privilegios 12, 13 y 15 en orden de dicho Señor Rey Don Jaime. Estâ el Original en el Caxon 2 con dos Traslados authenticos, Lio 1 num. 4, y copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 65.

Privilegio 5. dado en Valencia â 2 de febrero 1330 por el qual confirma varias ventas, â saber la de 154 Masmodinas; la de 10 Masmodinas; La de las Alquerias de Libel, Aytona, y Fortaleñ; La de 568 L anuos de censo dicho con Luismo, y fadiga; La de 71 Masmodinas anuas con Luismo y fadiga. Estâ en el Caxon 2, Lio 1, num. 5, y copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 81.

Privilegio 6. dado en Valencia â 15 de febrero de 1330. Confirman dicho Señor Rey Don Alonso, y Don Juan Patriarcha de Alexandria, y Señor de Corbera la Compra del Horno, Casas, Tierras, y Censos en Siñent, Aytona, y Libel, Estâ en el Caxon 2, Lio 2, num. 1 y Copiado en el Libro, p. 94.

Privilegio 7. dado en Montalvan â 6 de Junio de 1333 en que manda que los Moros Vasallos de Valdigna, que se huyeren con bienes prestados de Monasterio, sean compelidos en qualquier Lugar que se hallaren â la restitución de dichos bienes. Estâ en el Caxon 2, Lio 2, num. 2 y copiado en el Libro de Privilegios, pag. 87.

Privilegio 8. dado en Montalvan en 6 de Junio de 1333 para que el Abad de Valdigna pueda con sus oficiales prender los Moros de la Valle, que se huvieren refugiado en otro Lugar, ofreciendo Vasallage a otro Señor. Estâ en el caxon 2, Lio 2, num. 3 y copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 22. De dichos dos Privilegios, 7 y 8 hay un traslado autentico en dicho Lio 2.

PRIVILEGIO DEL INFANTE D. PEDRO

Dicho Señor Infante con su Privilegio dado en Valencia â 8 de Deziembre 1323 confirmô el Privilegio, que su Padre el Rey Don Jaime concedió en 22 de Enero 1300 para que el Monasterio pueda tener una Casa en Valencia, Alcira, Xativa, y Gandia, libres de todos pechos Reales. Estâ en el Caxon 2 y copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 98.

PRIVILEGIOS DE DON JAIME EL II Fundador de este REAL MONASTERIO DE VAL-DIGNA

Privilegio I. Contiene la Donacion de toda la Valle de Alfandech, para la fundación de este Monasterio, y Sustento de sus Monges, hecha por dicho Serenissimo Señor Rey en Valencia â 15 de Marzo de 1297. Estâ registrado en el Libro de Mandamientos, y emparas de la Curia civil de Valencia, en calendario de 16 de Enero de 1570. Estâ su Original en el Almario de Privilegios Reales, en el caxon 2, Lio 1º del Rey Don Jaime el Segundo, num. 1. En dicho Lio hay varios traslados authenticos de dicha Real Donacion sub num. 2. Estâ también copiada en el Libro de Privilegios Reales, pag. 4. = En dicho Lio 1º num. 3 estâ la posesión que tomô de toda la Valle, Don Fr. Bononato, Abad actual del Real Monasterio de Santas Cruzes, quien aviendo celebrado Missa en una Alqueria (ahora decimos Lugar) de las de la Valle de Alfandech el mismo Serenissimo Señor Rey Don Jaime le entregô un dinero de oro, en señal de dicha posesión, despojándose de todo el dominio, que de qualquier modo, pudiera pertenecer â su Magestad. De todo lo qual authorizô Essª. Bernardo de Abersône, Secretario de S. Magestad dia las calendas de martes 15 de Abril del año 1297.

Privilegio II. Salva y Guarda Real concedida por dicho Señor Rey â este su Real Monasterio de Valdigna, Monges, Vasallos, y â todos sus bienes, sô pena de 1000 Morabatines de Oro â quien contraviniere. Estâ en Caxon 2, Lio 2, num. 1. Copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 8ª.

Privilegio 3. su fecha en Murcia a 22 de enero de 1300 en que concede que el Monasterio de Valdigna pueda tener una Casa en Valencia, Xativa, Gandia, y Alcira francas, y libres de todo pecho. Estâ el Original en el Caxon 2, Lio 2, num. 2 del Rey Don Jaime, y copiado en el Libro de Privilegios, p. 11.

Privilegio 4. franqueza General en todos los bienes, frutos & por todos los Reynos de Su Magestad, eximiendo al Monasterio de todos drechos, tanto Reales, com qualesquiera otros, dado en Murcia en 22 de Enero de 1300 registrado en Mano 42 de Mandamientos, y emparas de la Curia Civil de Valencia del año de 1593 fol. 45, y copiado en el Libro, pag. 12. Estâ el Original en Caxon 2, Lio 2, num. 3.

Privilegio 5. dado en Murcia en 22 de Enero de 1300 en que prohive cortar Leña en el Bosque de Salsadella propio de este Real Monasterio. Estâ en el Caxon 2, Lio 2, num. 4.

Amojonamiento de todos los Terminos de Valdigna, hecho por Bernardo Clapês, y Pedro de Forês, Reales Comisarios, en 23 de Marzo 1300. Está el Original en el Caxon 2, Lio 3, num. 1. Copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 33, y otros traslados authenticos en el Almario 1 Estante de Mojones.

Privilegio 6. su fecha en Valencia en 4 de Nobiembre de 1300 contiene la donación que hizo dicho señor Rey Don Jaime â este Real Monasterio de Valdigna del Lugar y Baronia de Barch, con todos sus términos, drechos, acciones & estâ el Original en el Almario de Privilegios, Caxon 2, Lio 3, num. 2 y copiado en el Libro, pag. 19.

Privilegio 7. su fecha en Valencia a 10 de Abril de 1301 en el qual dicho señor Rey enfranqueze una Alqueria en el termino de Borriana, que diô al Monasterio Pedro Forês Vecino de la Ciudad de Gandia. Estâ en el Caxon 2, Lio 3, numº. 3 y copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 22.

Real Carta fecha en Valencia â 28 de Abril de 1301 dirigida â los Prohombres, y Jurados de la Villa de Alcira; en que dicho Señor Rey les dice estar entendido, de que los mojones que en los términos de Valdigna, habían puesto Bernardo Clapês, y Pedro Forês, de su Real Orden por la parte que confina por Alcira, los habían derrivado, y con esta inteligencia havia remitido Orden â dichos Reales Comisarios los reedificasen, sin que en adelante nadie fuesse osado quitarles. Estâ en el Caxon 2, Lio 3, num. 4 y copiada en el Libro, pag. 21.

Privilegio 8. su fecha en Valencia en 17 de Deciembre de 1303 contiene la donación de la Alcudia (ahora Alcudiola), que hizo â este Real Monasterio el Serenissimo Señor Rey Don Jaime. Estâ el Original en el Caxon 2 Lio 3 num. 5 y copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 26.

Privilegio 9. su fecha en Valencia â 5 de Marzo de 1306 contiene el Amojonamiento del termino de Valdigna, por la parte que confina por Cullera, el que por si mismo hizo dicho Serenissimo Señor Rey Don Jaime. Estâ en el Caxon 2, Lio 3, num. 6 y copiado en el Libro de Privilegios, pag. 29.

Privilegio 10. su fecha en Valencia en 6 de Marzo de 1306 en que dicho Serenissimo Señor Rey hace libre, y exempto de todos pechoa â Pedro Berenguer, vecino de Alcira por la obligación de que este tenga decente hospicio en dicha villa, para los Monges del Monasterio de Valdigna. Estâ en el Caxon 2, Lio 4, num. 1 y copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 31.

Privilegio 11. Su fecha en Valencia â 4 de Maio de 1306 contiene la donación de Masalali, que hizo el Serenissimo Señor Rey Don Jaime â este Real Monasterio de Valdigna. Estâ en el Caxon 2, Lio, 4 n. 2 y copiado en el Libro de Privilegios Reales pag. 45.

Privilegio 12. su fecha en Zaragoza en 27 de Deciembre de 1311 contiene la donación de la Granja de Benivaire que hizo el Serenissimo Señor Rey Don Jaime â este Real Monasterio de Valdigna. Estâ el Original en el Caxon 2, Lio 1, num. 3 y copiado en el Libro de Privilegios Reales, pag. 47.

Real Carta Fecha en Barcelona â 5 de Deciembre de 1315 en que manda dicho Serenissimo Señor Rey Don Jaime â Bernardo Esplugues Bayle general del Reyno de Valencia, no cobre del Monasterio de Valdigna el tercio del Carnage, por (franco) ser libre de todos pechos, como expresó en la donazion. Hay tres traslados authenticos en el Caxon 2, Lio 4, num. 4 y Copia en el Libro, pag. 50.

Privilegio 13. su fecha en Alcira â 14 de febrero de 1317 contiene la donación de Varias tierras en Benivaire, y 48 L de censo anuo con Luismo, y fadiga. Estâ en el Caxon 2, Lio 4, num. 5, y copia en el Libro, pagª 52.

Privilegio 14. su fecha en Castellon del Campo de Borriana en 25 de Marzo de 1318 por el qual estiende S. M. la franqueza (que yâ tenia concedida) al Monasterio â todos los bienes que este tuviere por qualquier titulo, Compra, donación &. = Estâ en el Caxon 2 Lio, 4 num. 6 y copia en el Libro, pag. 55

Privilegio 15. Su fecha en Barzelona en 9 de Julio de 1319 contiene la tercera donación de tierras en Benivaire, por el Serenissimo Señor Rey Don Jaime, unos Censos con Luismo, y fadiga, y unas casas en Valencia, Parroquia de San Bartholome. Estâ el Original en el Caxon 2 Lio 4 num. 7= Libº pª 57.

domingo, 12 de julio de 2009

APENDICE

Armario de Privilegios Reales 475
Caxon 1º Amortizacion ibid
Caxon 2º Privilegios Reales 476
Caxon 3º Privilegios Reales 477
Armario de Bulas Apostolicas 479
Caxon 4º Cartas Reales ibid
Caxon 5º Bulas Pontificias 482
Caxon 6º Gracias de diferentes Prelados y Bulas del Cuter en común 485
Armario 1º 488
Estante 1º de Mojones ibid
Estante 2º de Mojones 489
Estante 1º de Retorias 492
Estante 2º de Retorias 495
Estante de Diezmos 498
Armario 2º 500
Estante de Simat Ibid
Estante de Benifayrò 504
Estante de Taverna 506
Papeles Comunes al Estado de Valdigna 514
Armario 3º 525
Estante del Rafol, Alcudiola y Masalali ibid
Estante de Barch 527
Estante de Benivayre 529
Armario 4º 532
Estante de los Hornos de Carcaxente ibid
Estante de Siñent 534
Armario 5º 536
Estante 1º de Almusafes Ibid
Estante 2º de Almusafes 539
Estante de Rugat 544
Armario 6º 546
Estante de Censos de Valencia ibid
Estante de Montsant 548
Estante de San Bernardo de la Huerta 550
Varia de Valdigna 453-469
Comun de los Pueblos de Valdigna 556
Pleytos de Vasallos 570

sábado, 11 de julio de 2009

INDICE

Privilegios del Serenissimo Señor Rey Don Jaime el Segundo de Aragon fundador de este Real Monasterio de Valdigna1
Privilegio del Infante Don Pedro8
Privilegios del Rey Don Alonso el 4º8
Privilegio de la Reyna Doña Leonor11
Privilegios del Rey Don Pedro el 4º12
Privilegios del Rey Don Juan el 1º19
Privilegios del Rey Don Martin21
Privilegio del Rey Don Fernando el 1º23
Privilegios del Rey Don Alonso el 524
Privilegio del Infante Don Juan25
Privilegio de la Reyna Doña Maria25
Privilegio de Don Fernando el Catholico sobre eleccion25
Privilegio de Carlos quinto26
Privilegios de Phelipe Segundo26
Privilegio de Phelipe quarto27
Cedula Real de Phelipe quinto27
Bullas Pontificias33
Concesiones de Varios Prelados41
Bullas concedidas al Orden Cisterciense43
Escrituras pertenecientes â Mojones51 y 107
Pleytos de este Monasterio con el Convento de Aguas Vivas82
Tercio diezmo de la Plana de Aguas vivas94
Retorias111
Diezmo, Tercio diezmo, y escusado137
Beneficios149
Beneficio anexo al Priorato de Valencia157
Escrituras pertenecientes al Lugar de Simat165
Escrituras pertenecientes â Benifayrô181
Escrituras pertenecientes â Taberna193
Escrituras pertenecientes al Rafol215
Escrituras pertenecientes â los Lugares despoblados de Alcudiola y Masalali221
Escrituras pertenecientes a la granja de Barch225
Escrituras de la granja de Benivayre233
Escrituras de los Hornos de Carcagente263
Títulos de una Casa en Carcagente en las Barracas de Margarit279
Titulos de la Casa, y Corral en Carcagente en la calle de la Sangre283
Escrituras pertenecientes a Fortaleñ, Aytona, y Libel291
Escrituras pertenezientes á la granja de Siñent303
Escrituras pertenecientes â Almusafes321
Jurisdiccion del Monastererio en Almusafes335
Tercio diezmo de Almusafes343
Drecho del Riego de Almusafes349
Escrituras pertenecientes â Rugat365
Censos con Luismo y fadiga, huerta de Valencia381
Censos con Luismo y fadiga sobre casas en Valencia392
Casas en Valencia393
Escrituras pertenecientes â Monsant405
Drechos y Rentas de Monsant, adquiridas despues de su dotacion416
Monasterio de San Bernardo de la huerta, ahora San Miquel de los Reyes435
Varios papeles sobre diferentes asumptos453
Proteccion del Duque de Gandia456
Alqueria de Borriana459
Donacion hecha â este Real Monasterio de Alcudiola y Masalali465
Tierras de Corrales del Pozuelo463
Privilegios reales, y documentos pertenecientes al derecho de amortizacion471

ADVERTENCIA

Con la ocasión de haver formado este nuevo Registro de los Papeles, y escrituras, que se conservan en este Archivo del Real Monasterio de Valdigna, me ha parecido muy del caso, para que se mantenga, y persevêre su buen orden, advertir lo siguiente: Siempre que se ofreciere sacar algún Ynstrumento, se bolverâ con todo cuidado al mismo estante, lugar, y lio de donde se sacô, porque de lo contrario, no se hallarâ despues tan fácilmente, quando fuere menester. Jamas se deshagan dos lios a un tiempo de forma que puedan mezclarse los Instrumentos del uno con los del otro, porque es fácil trastocarles. Por ningún motivo se extraiga del Archivo Privilegio, ni escritura Original en que vâ mucho, porque una vez fuera, tiene mil contingencias, y con dificultad vuelve. Para evitar este inconveniente se debe procurar tener traslado authentico de cada uno de los Privilegios. Todas las escrituras, ê Ynstrumentos que en adelante entraren en este Archivo, se anotarâ su transumpto â continuacion de sus respectivos títulos, y se arreglarân en su Almario, y estante con el numero, que se sigue. He procurado omitir muchas abreviaturas (aunque comunes) para evitar la confusión que su lectura puede ofrecer con el tiempo.

Ofrezco gustosissimo el servicio de este libro a mi madre Valdigna, de quien me reconozco indigno hijo, dexando en el con la claridad posible las noticias ciertas de algunos sucesos en varios tiempos. Las citas, y fechas de escrituras estân con todo cuidado, cuios originales podran servir de prueva en caso de alguna duda.

Fr. Estevan Gil

viernes, 10 de julio de 2009

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